Desatender, gastar o invertir en Igualdad

En el último cuatrimestre del año muchos municipios se enfrentan a la decisión de qué hacer en igualdad con unos fondos reducidos. Te damos alguna orientación.

Estamos en el último cuatrimestre del año. Ese en el que saltan todas las alarmas sobre las actuaciones que habría que realizar en materia de igualdad dentro del año en curso. Ese en el que se acaba optando por desatender, gastar o invertir en igualdad.

El tamaño sí importa

El tamaño importa, y mucho.

En primer lugar, en referencia a la dotación económica. Hablamos, por ejemplo, de los fondos que se entrega a los Ayuntamientos a través del Pacto de Estado Contra la Violencia de Género. Estas partidas son anuales y deben destinarse a acciones vinculadas a la lucha contra la violencia de género. Existen condicionantes respecto a las acciones a las que se puede destinar esa partida. Pero, sobre todo, existe mucha diferencia en los importes. Puesto que uno de los criterios de adjudicación es el número de habitantes del municipio.

Pongamos el ejemplo de la dotación económica de este año 2024 en Asturias. En el margen inferior se encuentra el Ayuntamiento de Yernes y Tameza, con una población de 133 habitantes, (70 hombres y 63 mujeres) y un presupuesto de 1.546,39 euros. En el margen superior, Gijón, con una población de 268.313 habitantes, (126.085 hombres y 142.228 mujeres) y un presupuesto de 119.428,51 euros.

La pregunta que cabría hacerse es si se puede invertir en igualdad con un importe tan pequeño. La respuesta, por supuesto, es que .

El tamaño vuelve a importar

Existe una relación entre el tamaño de los municipios y su accesibilidad. (Accesibilidad entendida desde la centralidad urbana). Los Ayuntamientos más pequeños tienen en común su ruralidad y su lejanía. Ello implica, en muchas ocasiones, invertir más tiempo y dinero para acceder a menos población. En consecuencia, el coste de los servicios a prestar se percibe como más caro cuando no se encuentran disponibles en el propio territorio.  Este suele ser el caso de los servicios especializados en igualdad.

Volviendo al ejemplo anterior. Yemes y Tameza se encuentra a 1 hora en coche de Oviedo, pese a que la distancia apenas llega a 41 kilómetros. Aunque aquí resulta más ilustrativo aún el ejemplo de Pesoz. Con una población de 138 habitantes, (75 hombres y 63 mujeres), cuenta con una asignación de los fondos del Pacto de Estado contra la Violencia de Género de 1.547,09 euros y se encuentra a una distancia de la capital de 140 km. Ello suponen 2 h y media de traslado en vehículo particular. (Las condiciones del uso del transporte público a este tipo de localidades lo convierten en una opción prácticamente no valorable).

Ante estas realidades características de los entornos rurales, se vuelve fundamental no caer en la trampa de valorar ni medir igual lo diferente. Las inversiones en las zonas rurales requieren de indicadores que pongan en valor el impacto de las acciones que en ellos se desarrollan. Y desde esta mirada, sí, por supuesto que pueden ser altamente rentables las pequeñas inversiones que se realicen en igualdad en el ámbito rural.

El tamaño importa tres veces

El menor tamaño de los municipios conlleva una limitación en los recursos humanos destinados al desarrollo de las políticas locales. Apenas se cuenta con funcionariado para atender las múltiples gestiones que conlleva un Ayuntamiento. Y en multitud de ocasiones las responsabilidades políticas se compaginan con las actividades laborales ordinarias y son ejercidas desde un fuerte componente de “voluntariado”. Es decir, se desarrollan desde dedicaciones parciales a la función pública y a cambio de retribuciones económicas muy reducidas o incluso inexistentes.

Esta realidad se traduce, al menos, en falta de personal técnico especializado y en ausencia del tiempo de dedicación necesario para poder atender todas las tareas de cada área de trabajo. De este modo, la gestión efectiva se vuelve más compleja por la escasez de medios. Y ello deriva en que en muchas ocasiones las actuaciones en igualdad se desatiendan.

Qué hacer cuando se es pequeño

Dejarte ayudar. No enfrentar el reto de la igualdad en soledad.

Un servicio de igualdad especializado dispone de los recursos y conocimientos necesarios. Apóyate en expertas que te acompañen en el proceso. Para que la igualdad no acabe siendo una cuestión que desatiendas. O en la que gastes unos fondos que apenas tendrán impacto, por falta de previsión o conocimiento.

Trabajar de la mano de un servicio especializado te permitirá dedicar un mínimo tiempo a la dirección. Mientras su personal realiza el trabajo técnico de analizar las necesidades de tu municipio para realizar una propuesta de actuación ajustada a tu presupuesto, que incluya un sistema de indicadores que mida y ponga en valor su impacto. Incluso puede acompañarte en la tramitación de su justificación.

De este modo, podrás convertir en una inversión tu presupuesto para igualdad. Aunque sea muy pequeño.

enlaces relacionadOs

Resolución de 11 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, de transferencias para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género para el ejercicio 2024

Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Igualdad y para la Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 29 de abril de 2024, por el que se fijan los criterios de distribución a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, así como la distribución resultante, del crédito destinado en el año 2024 al desarrollo del Plan Corresponsables

El Ejecutivo del Principado de Asturias afianza su política de igualdad con 3,4 millones para el Plan de Corresponsabilidad, al que se suman los 78 concejos

INE. Cifras oficiales de población de los municipios españoles en aplicación de la Ley de Bases del Régimen Local (Art. 17) Detalle municipal. Asturias: Población por municipios y sexo

La contratación pública como herramienta de igualdad

Integración de la perspectiva de género en los proyectos

Desatender, gastar o invertir en igualdad

Panorámica sobre la situación de los Planes de Igualdad y Protocolos contra el Acoso en Asturias

Entrevista con Francina Santiago, Agente Delegada de Igualdad de CCOO en Oviedo. Nos habla sobre la situación en Asturias de los planes de igualdad y protocolos contra el acoso.

Para realizar una panorámica sobre la situación de los Planes de Igualdad y Protocolos contra el Acoso en Asturias, nos entrevistamos con Francina Santiago, Agente Delegada de Igualdad de CCOO en Oviedo. A quien agradecemos la oportunidad que nos brinda y su disposición para atendernos y ayudarnos a ampliar nuestros conocimientos sobre este tema.

¿Nos puedes decir cuáles son las principales funciones de una Delegada de Igualdad de CCOO?

La figura de Agente Delegada de Igualdad nace de la concertación social entre el Principado de Asturias, FADE y los Sindicatos mayoritarios. Somos un equipo de cuatro agentes: 2 de FADE, 1 de UGT y 1 de CCOO Asturias, (que soy yo). Es una figura pionera y Asturias es la única comunidad que cuenta con ella. 

Nos encargamos de asesorar, acompañar, sensibilizar y agilizar que las empresas cumplan con las obligaciones en temas de igualdad. Esta figura lleva trabajando desde el 2021 y empezó a visitar a empresas de más de 50 personas en plantilla con la obligación de tener Plan de Igualdad. Este año se amplió nuestra campaña a empresas de menos de 50 personas trabajadoras con la obligación de contar con el Protocolo de Prevención del acoso sexual y por razón de sexo, y estamos teniendo una muy buena acogida por parte de las empresas.

¿Atendéis también negociaciones?

No estamos presentes en negociaciones. Pero sí vemos las dificultades que pueden salir de la negociación e intentamos buscar soluciones, por las dos partes, empresa y parte social.

¿Qué destacarías en referencia a los perfiles de empresas con los que sueles trabajar?

Visitamos todo tipo de empresas. Este año más todavía, al visitar también a menos de 50. Hay del sector Industria, Hostelería, Comercio…Y de todos los tamaños. Lo que sí tengo que destacar es que nos encontramos con plantillas muy polarizadas. Ya sea por feminizada o masculinizada, son muy pocas las que tienen una representación equitativa.

¿Cuáles consideras que son las principales dificultades de las empresas a la hora de elaborar el plan de igualdad?

Desconocimiento, sobre todo. La sobrecarga de trabajo a una misma persona (la mayoría de las veces es mujer) que es la que se encarga de todo y le toca a ella llevar a cabo el trabajo del Plan. Hay empresas que están muy sensibilizadas ante este tema que nos toca a todas las personas de lleno. Y recalcamos mucho que es trabajo de todas erradicar las desigualdades.

¿Percibes diferencias significativas en función del perfil de las empresas?

Sí claro, en industria y construcción está muy masculinizada. A excepción del trabajo de oficina, que mayoritariamente lo ejercen mujeres. En el sector de cuidados está feminizado casi el 90 %.

A la hora de abordar las diferentes áreas de actuación del plan de igualdad, ¿percibes diferencias entre unas y otras? Por ejemplo, ¿resulta más complicado avanzar en política retributiva que en medidas de conciliación?

Los dos ejemplos que me has presentado suelen ser donde más problemas hay. Sobre todo si la parte social es trabajadora de la empresa y conoce bien la situación. Porque muchas veces se presentan datos a medida de la empresa. Y en temas de conciliación se suele incluir las medidas que ya están incluidas por Ley. Y si se quiere ir a más, suele ser un freno en la negociación.

¿Conoces el porcentaje aproximado de planes de igualdad acordados, frente a aquellos que deben resolverse a través del servicio de mediación?

Sí. Ayer mismo estuve realizando un estudio y los planes no acordados no llegan al 1%.

Una vez acordados los planes de igualdad, ¿Conocéis su nivel de aplicación? ¿Recibís denuncias sobre su incumplimiento?

Sí tenemos visitadas empresas de seguimiento de los Planes de Igualdad. Y estaban con Inspección. En ese caso nuestra figura se retira.

Sobre los seguimientos y evaluaciones de los planes de igualdad. ¿Conocéis si se están realizando, o cómo se están haciendo? ¿Qué dificultades o barreras consideras que existen respecto a estas fases?

Estamos trabajando en un estudio de las medidas de los Planes registrados en el 2023 en Asturias. Por ahora no hemos testado a ninguna empresa. Empezaremos a preguntarles tras las vacaciones. A finales de año saldrá el estudio realizado por las Agentes.

¿Son visibles ya los beneficios de los planes de igualdad? ¿O aún es muy pronto para poder evidenciar mejorías?

Es muy pronto aún para sacar conclusiones. Lo que sí te puede decir, es que aunque desde el 2021 es obligatorio tener un Plan de Igualdad, es un tema muy nuevo aún para algunas empresas. Queda mucho por hacer.

¿Alguna cuestión que hayamos olvidado mencionar y consideres relevante destacar?

Que las empresas elijan bien con quién contrata el servicio de Consultoría. Porque no se pueden cortar y pegar los planes para todas las empresas. Y que las medidas que se incluyan en el Plan sean acordes con el Diagnóstico. Más vale pocas y realizables, que muchas y guardarlas en el cajón.

Enlaces relacionados

Asturias se adelanta al futuro con la figura de la delegada y el delegado de igualdad

Agentes delegados/as Igualdad en la empresa

Las agentes delegadas de igualdad inician su andadura en 2024 con nuevas atribuciones

Un acercamiento a los protocolos contra el acoso

Cambios en los protocolos contra el acoso

Cómo iniciar un Plan de Igualdad

Panorámica sobre la situación de los Planes de Igualdad y Protocolos contra el Acoso en Asturias

¿Cómo educar en igualdad?

Abordamos cómo educar en igualdad en esta entrevista que nos realizó Carmen Ordiz para el Podcast “Queremos ayudarte!”.

Abordamos cómo educar en igualdad en esta entrevista que nos realizó Carmen Ordiz para el Podcast “Queremos ayudarte!”.

Durante la misma realizamos una reflexión saliéndonos de los marcos habituales de debate y acercando la educación en igualdad a cuestiones que podemos poner en marcha en nuestro día a día.

Respondemos a preguntas como:

¿Cuál es la situación que nos encontramos hoy en día respecto a la igualdad?

¿Se ven los frutos de los avances en igualdad en las nuevas generaciones?

¿Cómo debemos actuar para que la igualdad esté integrada en las generaciones venideras?

Ha habido un salto muy grande con las nuevas tecnologías y los referentes actuales. ¿Influyen la música, vídeos y redes sociales en cómo nos desarrollamos como adolescentes?

¿Qué repercusión tendrán estos cambios en las generaciones del mañana?

¿Cuál es el rol de una consultora en acción? ¿Qué hacemos para que se produzcan cambios en las nuevas generaciones?

Compartimos los enlaces al podcast en las diferentes plataformas y esperamos que os resulte ameno, interesante y útil.

Apple Podcast

Spotify

iVoox

Google Podcast

YouTube

También se puede acceder a él en nuestro canal de Youtube:

Noticias relacionadas

Carnavales y fiestas infantiles en igualdad

Skolae. Creciendo en igualdad

Programa Ni ogros ni princesas

Educar en igualdad

Coeducación. Educando por una ciudadanía plena

Cómo educar en igualdad

8 de Marzo. Todas avanzamos

Las razones que apoyan el 8M y los objetivos que persigue. Posibles enfoques que contribuyen a alcanzarlos. El 8 de Marzo todas avanzamos.

Las fechas conmemorativas poseen una carga simbólica muy significativa. El 8 de Marzo tiene una doble intención. Por una parte, celebrar y reconocer los avances alcanzados gracias al esfuerzo y la contribución de quienes nos precedieron. Y por otra, llamar la atención, visibilizar y concienciar sobre lo que aún nos queda por alcanzar. 8 de Marzo. Todas avanzamos.

Reconocer los logros

Bien es cierto que los derechos nunca pueden darse por consolidados. Que la historia nos muestra de modo continuado que aquello de lo que disfrutamos hoy, se nos puede negar mañana. Que en unas partes del mundo la igualdad ha avanzado muy rápidamente si consideramos la brevedad del lapso histórico. Mientras que en otras ha retrocedido de forma igualmente alarmante.

Aun así, muchas razones nos llevan a reconocer los logros. La primera, por supuesto, es celebrar el incremento de la justicia social, con todos los beneficios más que demostrados que esta conlleva. Visibilizar los avances en derechos y su vinculación con el incremento del bienestar social no sólo es una cuestión de justicia histórica. Es también, en sí mismo, un argumento a favor del cambio.

Pero además, la comparativa temporal favorece la comprensión de las sociedades, porque las desigualdades se ven mejor cuando se mira hacia atrás. Cuando se compara lo que ahora es con lo que antes no era. La distancia temporal evita, o al menos disminuye, la “ceguera” que se produce en el presente, motivada por una combinación de diferentes barreras individuales y colectivas.

El valor de la recompensa

Los avances en el conocimiento de diferentes disciplinas nos han demostrado sobradamente que funcionamos mejor a través de la recompensa que del castigo. La motivación y gratificación que producen el reconocimiento por lo bien hecho se ha mostrado como una metodología muy superior al castigo y el señalamiento del error. Y esta cuestión ratifica también la importancia de poner de relieve todo aquello que se ha mejorado en materia de derechos de las mujeres. Pero como herramienta de motivación hacia el cambio.

Evidenciar los cambios y las mejoras que estos han conllevado nos muestra que avanzar es posible, que es gratificante; que como se ha hecho, se puede seguir haciendo. Que la esperanza no es una quimera. Que la realidad nos ha demostrado que el cambio hacia mejor es posible. Que únicamente hay que seguir avanzando.

Lo personal es político

El 8 de Marzo es una fecha plural; una fecha de todas. Porque todas somos herederas de los avances logrados. Todas somos partícipes del presente. Y todas conformamos el futuro.

Contiene la consciencia de que lo que nos afecta a una nos afecta a todas. Porque la desigualdad es una cuestión estructural y no una mera posición individual. Aunque por supuesto, conlleve en sí mismo una variedad y multiplicidad de realidades diferentes; de logros y conquistas pendientes que cambian en función de otras muchas variables que nos atraviesan como mujeres. Como la raza, la clase social, la cultura, la capacidad, la identidad y orientación de género, etc.

Por tanto, poner el foco en que el cambio social proviene del cambio individual, en que para que las sociedades se muevan, se deben haber movido sus individuos, nos hace conscientes de nuestra pertenencia a un colectivo que se mueve. De nuestra capacidad de cambiar la sociedad a través de nuestro propio cambio personal. Nos hace conscientes de que nuestra pequeñez no es tal. De que tenemos poder, tanto individual como colectivamente. Ser conscientes de esta realidad, empodera. Hay quienes no defienden esta palabra. A otras nos parece maravillosa.

Los puntos de dolor

El avance hacia el objetivo de mejora también precisa señalar qué nos falta por conseguir, dónde debemos seguir poniendo los esfuerzos. El 8 de marzo también es una fecha para denunciar aquello que sigue siendo intolerable por injusto y desigual. Una fecha en la que se pone el foco en las actuaciones que se proponen para poder promover ese cambio hacia mejor.

Ahora que ya somos conscientes de que cada una y cada uno tenemos capacidad de cambio, y que sabemos dónde actuar para mejorar y qué podemos llevar a cabo, sigamos haciéndolo. Como veníamos haciendo hasta ahora. Cambiemos individualmente para cambiar el mundo.

Noticias relacionadas

Día Internacional de la Mujer 2024 –  Invertir en las mujeres, acelerar el progreso las Mujeres. Muévete

8M. Día Internacional de la Mujer

8M. Con M de Mujeres. Todas las Mujeres. Muévete

Algunas ventajas de la igualdad de oportunidades

8 de Marzo. Todas Avanzamos

El Seguimiento y Evaluación del Plan de Igualdad

Conoce la utilidad y ventajas del sistema de seguimiento y evaluación del plan de igualdad y cómo se relacionan entre sí.

El Seguimiento y Evaluación del Plan de Igualdad comienza con la implantación del plan y permite obtener información sobre su ejecución. Para ello se debe realizar un registro de los datos necesarios, que se habrán identificado previamente.

Los objetivos del Sistema de Seguimiento son los que nos ayudan a identificar dichos datos. De este modo, tendremos que recoger información para:

  • Medir la consecución de los objetivos establecidos en el plan de igualdad.
  • Obtener información sobre el proceso de ejecución de las medidas previstas en el plan de igualdad: nivel de ejecución, adecuación de recursos empleados y cumplimiento del cronograma.
  • Detectar posibles obstáculos o dificultades en la implantación, para realizar los ajustes y medidas correctoras necesarias.

Un buen seguimiento debe realizarse simultáneamente a la ejecución de las medidas y de modo individualizado para cada una de ellas. Otro aspecto a considerar es que el registro de los datos necesarios es responsabilidad de quien debe poner en marcha dichas medidas. De este modo, se evita la pérdida de información.

En este sentido, la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad es el órgano de referencia para la coordinación y seguimiento del plan. Para su formación es recomendable la participación de la representación legal de los y las trabajadoras y de la persona responsable de la coordinación del plan. Puede estar constituida por las mismas personas que integran la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad, dándole continuidad a través de su implantación y seguimiento.

Debido a que las calendarizaciones suelen realizarse de modo anual, lo habitual es establecer también una periodicidad anual para la elaboración de los informes de seguimiento del Plan de Igualdad.

El Sistema de Evaluación del Plan de Igualdad

El Sistema de Evaluación del Plan de Igualdad persigue los siguientes objetivos:

  • Conocer el grado de cumplimiento y desarrollo del plan de igualdad.
  • Comprobar si se han alcanzado los objetivos planteados.
  • Valorar la adecuación de recursos, metodologías, herramientas y estrategias empleadas.
  • Identificar áreas de mejora o nuevas necesidades, modificando o estableciendo nuevas medidas, si fueran precisas.

De este modo, el Sistema de Evaluación debe recoger y aportar información sobre el cumplimiento de los objetivos, el desarrollo del proceso y el impacto alcanzado sobre la plantilla y la organización. Es lo que se conoce como Evaluación de Resultados, Evaluación del Proceso y Evaluación del Impacto.

La periodicidad con la que se realizan los informes de evaluación dependerá de la duración establecida para el plan de igualdad. Lo habitual y recomendable es realizar una evaluación intermedia y una evaluación final. De este modo, la evaluación intermedia permite disponer de tiempo para poder corregir desviaciones, imprevistos y nuevas necesidades. Por su parte, la evaluación final aportará la información de partida para el desarrollo del siguiente plan de igualdad. Una buena evaluación final reduce el esfuerzo a invertir en el siguiente diagnóstico, tanto en tiempo, como en recursos.

La Evaluación de Resultados

La Evaluación de Resultados mide qué se ha hecho. Aporta información sobre el grado de cumplimiento de las acciones, de los objetivos y del plan de igualdad. Para ello, analiza la variación producida en los indicadores que se hayan establecido.

También señala las posibles incidencias ocurridas durante la implantación del plan de igualdad, analizando las dificultades encontradas y las soluciones que se han establecido para resolverlas.

La Evaluación de Resultados se desarrolla teniendo en cuenta, para cada medida establecida en el Plan de Igualdad, la información aportada por los siguientes indicadores:

  • Los Indicadores de Seguimiento establecidos para cada una de las medidas o acciones. Ello permite comparar los resultados obtenidos con los esperados.
  • Los Indicadores de Resultado para cada medida, que hacen referencia a su grado de ejecución, midiendo en consecuencia el grado de ejecución del plan de igualdad en su conjunto, así como el número de personas afectadas a ambos niveles.

La Evaluación del Proceso

La Evaluación de Proceso valora cómo se ha desarrollado la implantación del Plan de Igualdad. A este respecto, mide si han sido adecuados los recursos y herramientas de seguimiento utilizadas y las soluciones implantadas ante las incidencias y dificultades que hayan tenido lugar.

Para ello se utilizan los Indicadores de Proceso, que se establecen para cada una de las medidas establecidas en el Plan de Igualdad. Es decir, los Indicadores de Proceso recogen información sobre la idoneidad y suficiencia de los recursos invertidos, las dificultades e incidencias encontradas y las soluciones adoptadas.

La Evaluación del Impacto

Finalmente, la Evaluación del Impacto valora qué se ha conseguido con la implantación del Plan de Igualdad. Para ello, mide cuestiones vinculadas con la igualdad. Como la reducción de las brechas de presencia y participación de mujeres y hombres, el cambio en la cultura empresarial a diferentes niveles, (dirección, plantilla o departamentos, por ejemplo), u otras cuestiones, como el incremento de la motivación, la reducción del absentismo o la mejora de la productividad.

Este proceso se desarrolla a través de los Indicadores de Impacto, que son los que miden los cambios en igualdad, como consecuencia de la ejecución del Plan.

Noticias relacionadas

Ventajas de derivar el seguimiento y evaluación del Plan de Igualdad

La evaluación a través de un sencillo caso práctico

Guías para el seguimiento y evaluación del plan de igualdad

El Seguimiento y Evaluación del Plan de Igualdad

La violencia de género y su impacto en las organizaciones

Con motivo del 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, abordamos cómo la violencia de género afecta al ámbito laboral y por qué.

Con motivo del 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, abordamos cómo la violencia de género afecta al ámbito laboral y por qué.

Dimensión de la violencia de género en las organizaciones

Pongamos el ejemplo de una empresa con 100 personas en plantilla. Supongamos que su representación por sexo es equivalente a la media del mercado laboral actual. Es decir, según el número de afiliaciones a la seguridad social a 31 de diciembre de 2022, 52,58% de hombres y 47,14% de mujeres. Redondeando, en nuestra empresa ejemplo hay 47 mujeres en plantilla.

La Encuesta Europea de Violencia de Género 2022, revela que en España el 28,7% de las mujeres de 16 a 74 años han sido víctimas de violencia de género en pareja alguna vez en su vida. El 28,3% víctimas de algún tipo de violencia (dentro o fuera de la pareja). Y el 28,4% ha sufrido acoso sexual en el trabajo en algún momento de su vida laboral.

El 14,72% de esos datos representa a mujeres de 65 a 74 años. Por lo que el 85,28% corresponde a mujeres en edad laboral. Resulta así que, de media, el 24% de las mujeres que una organización tiene en plantilla han sido víctimas de violencia de género o de otro tipo de violencia y ha sufrido acoso sexual en el trabajo en algún momento de su vida.

Volviendo a nuestro ejemplo, el 24% de las 47 mujeres que tenemos en plantilla, suponen 11.  En una empresa de 50 personas, serían 5. Aplicado a la totalidad de mujeres de alta en el mercado laboral a 31 de diciembre de 2022, (9.503.495), nos da como resultado 2.280.838 mujeres en situación laboral que han sido víctima de violencia de género o de otro tipo y que han sufrido acoso sexual en el trabajo en algún momento de su vida.

Datos que nos ayudan a dimensionar en qué media la violencia de género afecta a la realidad del mercado productivo.

La violencia de género reduce el beneficio empresarial

El estudio ‘El impacto de la violencia de género en España: una valoración de sus costes en 2016’ realizado por la Universidad de Alcalá, estima el coste de la violencia de género en 1.281 millones de euros al año. Ello supone el 0,11% del PIB anual; 27,6€ por habitante y año. El mayor peso afecta a los costes legales, laborales y sanitarios.

Las consecuencias de la violencia de género en las mujeres, tanto físicas, como psicológicas y emocionales, inciden no sólo en ellas, sino también en su entorno, incluido el laboral.

Sufren de mayores niveles de estrés, ansiedad, miedo y falta de concentración. Además, como consecuencia del empeoramiento de su salud, necesitan acudir con mayor frecuencia a servicios médicos. Su especial situación también requiere de una mayor presencia en servicios legales y sociales. Además, cambian de vivienda con mayor frecuencia.

En el ámbito laboral estas situaciones afectan al incremento del absentismo y las bajas laborales, el descenso en la productividad, el empeoramiento del ambiente laboral y la relación en los equipos de trabajo y el incremento de las finalizaciones de contrato, ya sea por voluntad de la propia trabajadora o por iniciativa de quien contrata.

Otro tipo de consecuencias vienen derivadas de la conducta de los agresores, que acuden a los entornos laborales a asediar y agredir a sus víctimas, elevando el riesgo en los espacios laborales y sus inmediaciones, tanto para ellas como para el resto del personal.

Razones de gestión contra la violencia de género

Múltiples razones sostienen el apoyar la reducción de la violencia de género. Las razones morales derivan de que supone una vulneración de los derechos humanos. Las sociales porque perjudica el bienestar y el avance hacia sociedades con mayor calidad de vida. Las razones de gestión organizacional vienen condicionadas por su repercusión en la rentabilidad empresarial.

Integra en tu estrategia de gestión empresarial la reducción de la violencia de género, tanto a través del cumplimiento de los requisitos legales, como de la puesta en marcha de medidas voluntarias. En Enlaza, podemos ayudarte a ello.

Noticias relacionadas

Informe del Mercado de Trabajo Estatal 2023 – Resumen

Encuesta Europea de Violencia de Género 2022

El impacto económico de la violencia de género en España se cifra, al menos, en 1.281 millones de euros al año

El impacto de la violencia de género en España: una valoración de sus costes en 2016

Víctimas de violencia de género en los entornos laborales

Ventajas de derivar el seguimiento y evaluación del plan de igualdad

¿Tu organización ya dispone de un plan de igualdad, pero su ejecución, seguimiento y evaluación te plantean dudas? Valora derivarlo.

En los últimos años se ha producido un fuerte impulso de las políticas de igualdad. Por un lado desde el marco normativo, con nuevas legislaciones de obligado cumplimiento. Por otro lado desde su aplicación práctica, estableciendo un marco de negociación colectiva y la obligación del registro de los planes de igualdad. Y finalmente a través del control de dichas obligaciones, reforzando los recursos y prioridades de los servicios vinculados de Inspección de Trabajo, y a través de las denuncias derivadas de los incumplimientos legislativos.

Como consecuencia, a día de hoy son muchas las empresas y organizaciones que disponen de un plan de igualdad. Pero, ¿resulta eso suficiente? ¿Saben las organizaciones qué deben hacer a partir de ahora?

Problemas habituales

Lamentablemente, no es infrecuente que tras la elaboración del plan de igualdad las organizaciones prioricen otras cuestiones del día a día y desatiendan su aplicación. La falta de tiempo habitual para el desarrollo de todas las responsabilidades y tareas deriva usualmente en que se posterguen cuestiones no consideradas “urgentes”.

Además, los planes de igualdad no siempre contemplan un sistema claro y definido para el seguimiento y evaluación de su ejecución.

Por otra parte, quienes integran las Comisiones de Seguimiento del plan de igualdad suelen tener perfiles profesionales vinculados a sus responsabilidades en la organización. En consecuencia, lo más probable es que desconozcan los conceptos, procedimientos y herramientas vinculados a la gestión de proyectos.

Finalmente, la falta de planificación, coordinación y comunicación con los departamentos implicados en la aplicación de las diferentes obligaciones derivadas del plan de igualdad, conlleva de modo recurrente la ausencia de registros adecuados donde poder acceder a la información necesaria para realizar el seguimiento y evaluación del plan de igualdad.

Consecuencias derivadas de la falta de seguimiento y evaluación

La primera consecuencia de todo ello es el riesgo de incumplimiento de los compromisos adquiridos a través de la elaboración del plan de igualdad.

Por tanto, existe el peligro de denuncias y sanciones por su incumplimiento. Así como el incremento del malestar en el personal, la pérdida de reputación y el deterioro de la imagen de la organización.

Lógicamente, la pérdida de la oportunidad de avanzar en la aplicación de la igualdad de oportunidades en la organización conlleva el retraso en poder beneficiarse de las ventajas inherentes a su aplicación.

Pero además, la ausencia de registros implica, en el mejor de los casos, una ejecución informal del plan de igualdad. Al no existir documentación que sirva para verificar su ejecución, ésta puede estimarse como no o mal realizada.

Por último, un seguimiento y evaluación adecuados del plan de igualdad finaliza con un Informe de Evaluación, que supone el punto de partida del siguiente plan de igualdad. La ausencia de esta información de partida implica volver a abordar desde cero el próximo Diagnóstico de Situación, con su consiguiente coste económico.

Ventajas de derivar el seguimiento y evaluación del plan de igualdad

En conclusión, derivar en una entidad externa y especializada el seguimiento y evaluación del plan de igualdad favorece la correcta ejecución del mismo y en consecuencia:

  • El aprovechamiento de los recursos humanos de la entidad, que pueden focalizarse en sus tareas y responsabilidades, favoreciendo su productividad, con los consiguientes beneficios económicos.
  • El incremento de la reputación de la organización por el cumplimiento de sus compromisos en materia de igualdad. La mejora de las relaciones con la representación legal de los y las trabajadoras también es un resultado de esta cuestión.
  • La mejora de la política de personal, con la consiguiente mejora de su nivel de satisfacción, lo cual redunda en un incremento de la productividad y una reducción del absentismo.
  • La reducción de los costes de elaboración del siguiente plan de igualdad, al disponer de una parte significativa de la información necesaria para la elaboración del próximo Diagnóstico de Situación.

Y ahora que sabes esto, ¿en qué punto se encuentra tu plan de igualdad? Si su ejecución, seguimiento y evaluación te plantean dudas, no lo postergues más y contáctanos.

Noticias relacionadas

Cómo iniciar un Plan de Igualdad

Información necesaria para elaborar el Plan de Igualdad

El Diagnóstico de Situación

Asociación Profesional de Consultoría de Género

Avances en conciliación de la nueva “ley de familias”

La llamada “ley de familias” ha incorporado cambios importantes en materia de conciliación que afectan a las modalidades, duraciones y coberturas de los permisos, a las causas que los motivan y a quiénes pueden acogerse a ellos.

El 30 de junio de 2023 ha entrado en vigor el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, en relación a su Libro II, que comprende la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de las personas progenitoras y cuidadoras.

A este respecto, introduce cambios en materia de conciliación y corresponsabilidad en el Estatuto de las Personas Trabajadoras (ET), el Estatuto Básico de la Persona Empleada Pública (EBEP) y en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS).

Pero los avances en conciliación en los cuales se materializa son la expresión de su mayor logro, el espíritu que la atraviesa. Que otorga a los cuidados una mayor dimensión de responsabilidad social, reconociendo necesidades a las que no se daba cobertura y ampliando y flexibilizando las posibilidades de afrontarlas. Reconociendo estructuras familiares que permanecían fuera del acceso a estos derechos. Incorporando la corresponsabilidad. Y suponiendo por todo ello un avance indiscutible hacia la igualdad de género.

Discriminación por razón de sexo

El primer cambio significativo se incorpora con la modificación del artículo 4.2.c del ET, que reconoce los derechos por los que no se puede discriminar directa o indirectamente en el empleo o una vez en éste.

En este sentido, añade como causa de discriminación por razón de sexo, el trato desfavorable dispensado a mujeres y hombres por el ejercicio de los derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral.

Reconoce así el que estas situaciones puedan suponer discriminación indirecta por razón de sexo, al afectar en mayor medida a las mujeres, tal como se recoge en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Constitucional.

Consecuentemente, considera nulas las extinciones de contrato y despidos basados en estas discriminaciones, que detalla en los artículos 53.4 y 55.5 del ET y que también señala en los artículos 108.2 y 122.2 de la LRJS.

Reconocimiento de otras situaciones y de la dedicación que requieren los cuidados

Se amplían los supuestos con derecho a condiciones laborales especiales para acceder a la conciliación de la vida personal y profesional.

Como la ampliación hasta los 12 años de los y las descendientes para poder solicitar beneficios en las condiciones laborales. (Artículo 34.8 del ET). Junto con el derecho en estos casos y para otras circunstancias de dependencia, a reducir la jornada diaria. (Artículo 37.6 del ET). Y la ampliación hasta los 8 años de los y las descendientes para poder acogerse al permiso parental, que también se flexibiliza en el fraccionamiento y tipo de jornada. (Artículos 48bis del ET y 49.g del EBEP).

En los casos de discapacidad en el nacimiento, adopción o situaciones de guarda con fines de adopción o acogimiento, se amplía en dos semanas la suspensión del contrato. (Artículo 48.6 del ET).

También la posibilidad de ausentarse del trabajo por razones justificadas de urgencia familiar y que requieren la presencia inmediata, manteniendo la retribución hasta un equivalente de cuatro días al año. (Artículo 37.9 del ET).

Además se amplía a cinco días los permisos por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario. (Artículos 37.3.b del ET y 48.a del EBEP).

Reconocimiento de otros modelos de familia

Pasan a reconocerse legalmente necesidades de cuidados atendidas por otros modelos de familias y relaciones. Y se establece que los derechos en materia de conciliación son individuales e intransferibles, favoreciendo la corresponsabilidad.

Por ejemplo, se reconocen las necesidades de cuidado de descendientes mayores de 12 años, cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado de la persona trabajadora, así como de otras personas dependientes cuando convivan en el mismo domicilio, y que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismas. (Artículo 34.8 del ET).

Se iguala el permiso por matrimonio al registro de las parejas de hecho. (Artículos 37.3.a del ET y 48.l del EBEP).

Y se amplían los permisos por fallecimiento al cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. (Artículo 37.3.b.bis).

Mayor cobertura social para las necesidades de cuidados

Se reconocen los cuidados como una cuestión social, por lo que se da una mayor cobertura en materia de flexibilidad en las condiciones de trabajo, mantenimiento de las cotizaciones y remuneraciones derivadas de necesidades de cuidado.

Por ejemplo a través del reconocimiento del derecho a solicitar adaptaciones en la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación del trabajo a distancia. (Artículo 34.8 del ET).

O la ampliación de las condiciones de flexibilidad para el cuidado de lactantes hasta nueve meses. (Artículo 37.4 del ET). Y de los supuestos en que es posible acogerse a la reducción de trabajo diaria. (Artículo 37.6 del ET).

Además, el período de excedencia, (que podrá fraccionarse), por el cuidado de descendientes u otras modalidades de parentesco o afinidad que requieran de cuidados, computará a efectos de antigüedad y de asistencia a formación profesional. (Artículo 46.3 del ET).

Finalmente, para el cálculo de las indemnizaciones que, en su caso, pudieran corresponder, no se considerarán las reducciones de jornada y el ejercicio a tiempo parcial de los derechos laborales para dedicarse a los cuidados. (Disposición adicional decimonovena del ET).

Noticias relacionadas

Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio … de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de … y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.

Corrección de errores del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio.

Algunas ventajas de la igualdad de oportunidades.

Integración de la perspectiva de género en los proyectos

¿Sabes qué es la integración de la perspectiva de género en los proyectos y cómo se realiza? Aclara tus dudas con esta introducción al tema.

Cada vez en mayor medida la incorporación del género en los proyectos que desarrollan las entidades se ve impulsada por una obligación derivada de las entidades financiadoras. Las más habituales suelen proceder de líneas de subvención públicas, pero también de fundaciones vinculadas a la RSE de entidades privadas, o de líneas de financiación de banca ética. (Esta última menos habitual en nuestro país, pero desarrollada en mayor medida a nivel europeo y muy vinculada a la cooperación internacional).

Ante este hecho, existen variedad de situaciones en función de la sensibilidad ante la perspectiva de género por parte de las entidades que desarrollan los proyectos. Este arco de diversidad puede ir desde la negación de la desigualdad, la mera incorporación de la variable sexo, la aplicación de medidas adicionales de participación o conciliación sin un análisis previo, o el análisis de las necesidades diferenciadas, sus causas, obstáculos, estrategias de aplicación y análisis de resultados teniendo en consideración también la dimensión género.

Considerar que género es igual a mujer

La falta de formación en género conlleva de modo muy habitual a confundir género con mujer. De este modo, no se considera la variable de análisis género. Únicamente la variable sexo.

Esta concepción reconoce situaciones de desigualdad como las dificultades de conciliación o el sexismo en el lenguaje. Pero no tiene en cuenta la dimensión relacional entre los sexos. Deja fuera las dimensiones sociales, culturales, históricas y políticas de la desigualdad y las discriminaciones de género.

En consecuencia, se entiende que proyectos dirigidos específicamente a mujeres tienen incorporada, per se, la perspectiva de género. Y que incorporar la perspectiva de género en proyectos dirigidos a ambos sexos se logra incorporando mujeres beneficiarias. Huelga decir que se trata de un gran error.

Incorporar a las mujeres en los proyectos

En otras ocasiones los proyectos tratan de corregir las desigualdades sociales entre mujeres y hombres incidiendo en su acceso a los espacios de participación. Plantea una estrategia de igualdad de oportunidades en términos de acceso a estos espacios y a los recursos. Destaca a este respecto el acceso al empleo y los ingresos.

Este enfoque se centra en el rol productivo de las mujeres. Entiende que han estado excluidas del mercado laboral y otros espacios de participación debido a su rol reproductivo no pagado. Pero no cuestiona los roles de género, lo que supone un incremento de la carga de trabajo para las mujeres. Asumen el trabajo productivo y/o la presencia en otros espacios de participación, además del trabajo reproductivo. (O en caso de podérselo permitir, la organización de dicho trabajo reproductivo, delegándolo habitualmente en otras mujeres).

De este modo, este planteamiento no incide en las desiguales relaciones sociales entre mujeres y hombres. Ello puede conllevar efectos no deseados, como la ya mencionada sobrecarga de trabajo para las mujeres. O conflictos en los entornos familiares, derivados del menor cumplimiento de sus “obligaciones” reproductivas.

Incorporar el género en los proyectos

Esta idea es la más avanzada y considera que el principal obstáculo para la plena igualdad de las mujeres es que están discriminadas socialmente.

En este sentido, los proyectos y actuaciones que se desarrollan se dirigen a transformar las relaciones desiguales entre mujeres y hombres. Es decir, pretenden promover el desarrollo de relaciones de género igualitarias. Para ello, se incorpora en los proyectos las dimensiones sexo y género.

Bajo este enfoque se ha pasado, por ejemplo, de hablar de conciliación, a hablar de corresponsabilidad.

Una de las principales estrategias para avanzar en este cambio social es trabajar sobre el empoderamiento. Esta herramienta intenta actuar sobre el autoconcepto individual y colectivo de las habilidades y capacidades de las mujeres. Es decir, intenta fortalecer la posición económica, social y política de las mujeres para que éstas adquieran la capacidad de modificar sus propias relaciones desiguales. Para que alcancen el dominio de sus propias vidas.

El empoderamiento es una herramienta individual y colectiva, e implica la toma de conciencia  sobre la situación real de las mujeres, identificando sus propios intereses, decidiendo sobre sus vidas y siendo actoras de los procesos de cambio social individuales y colectivos.

Esperamos que esta breve entrada os haya resultado útil. Gracias por seguirnos y hasta la próxima entrega de “Herramientas para la igualdad”.

Noticias relacionadas

La integración de la perspectiva de género en las ONGD asturianas. Sandra Dema Moreno (Dir.)

Diagnóstico de Género para la Coordinadora Extremeña de ONGD que contribuya a la definición de una futura estrategia/política de género de la Coordinadora.

¿Quieres que te orientemos sobre cómo integrar la perspectiva de género en tus proyectos? Contacta con nosotras.

El Registro Retributivo

Conoce qué es el registro retributivo, qué información debe contener y quiénes deben realizarlo.

Con el inicio del nuevo año es preciso considerar y abordar las obligaciones legales a las que anualmente se debe hacer frente. Una de ellas es la elaboración del registro retributivo anual, que contempla las percepciones salariales cobradas por la plantilla durante el ejercicio económico anterior.

Obligación de elaborar el registro retributivo

Es importante comenzar aclarando que el registro retributivo es obligatorio para todas las empresas que tengan personal empleado en plantilla. Esto incluye a la figura del empresariado autónomo que disponga de personal contratado.

Esta obligación viene contemplada en los artículos 28.2 del Estatuto de las Personas Trabajadoras y 5.1 del Real Decreto 902/2020 de Igualdad Retributiva entre Mujeres y Hombres.

Para las empresas que tienen menos de 50 personas en plantilla, y por tanto no están obligadas a realizar un plan de igualdad, el registro retributivo será más sencillo. Pero igualmente debe realizarse.

Contenido del registro retributivo

El contenido del registro retributivo viene definido en los artículos 28.2 del Estatuto de las Personas Trabajadoras y 5.2 del RD 902/2020 de Igualdad Retributiva entre Mujeres y Hombres.

A este respecto, debe incluir, desglosadas por sexo, la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido en concepto de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales de la plantilla. Estos conceptos no pueden agruparse, sino que deben especificarse de modo diferenciado para cada tipo de percepción. Además, deben figurar distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales, niveles, puestos de trabajo, puestos de trabajo iguales o de igual valor o cualquier otro sistema de clasificación aplicable.

Para las empresas con 50 o más personas contratadas, que son las obligadas a realizar planes de igualdad y auditorías retributivas, el registro retributivo debe contemplar además los requisitos definidos en el artículo 6 del RD 902/2020. Es decir, deberá incluir la media aritmética y la mediana conforme a lo anteriormente descrito y distribuidas según la valoración de puestos de trabajo realizada en el ámbito de la auditoría retributiva. Además, en el supuesto de que la media aritmética o la mediana de las retribuciones totales de un sexo sea superior a las del otro en, al menos, un 25%, se deberá incluir una justificación de que dicha diferencia responde a motivos no relacionados con el sexo de las personas trabajadoras, según establece el artículo 28.3 del Estatuto de las Personas Trabajadoras.

Acceso al registro retributivo y otras consideraciones

Finalmente, vamos a abordar otro tipo de obligaciones y consideraciones con respecto al registro retributivo. En primer lugar, el acceso al registro retributivo íntegro es un derecho de la representación legal de los y las trabajadoras. Así se contempla en los artículos 28.2 del Estatuto de las Personas Trabajadoras y 5.3 del RD 902/2020. En el caso de empresas que no cuenten con representación legal de la plantilla, es el propio personal quien tiene derecho a acceder a su contenido. Pero en este caso, y según se establece en el artículo 5.3 el RD 902/2020, la información a facilitar se limitará a las diferencias porcentuales que existan en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres, desagregadas también según la naturaleza de la retribución y el sistema de clasificación aplicable.

Por otra parte, y según contempla el artículo 5.6 del RD 902/2020, se debe consultar a la representación legal del personal con una antelación mínima de 10 días antes de iniciar la elaboración o modificación del registro retributivo. A este respecto, el artículo 5.4 establece que su período temporal es anual, aunque prevé su modificación cuando se altere sustancialmente cualquiera de los elementos que lo integran.

En último lugar, el artículo 5.5 del RD 902/2020 establece como formato válido para el registro retributivo el establecido en las páginas web oficiales del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Ministerio de Igualdad.

Tras este análisis no debemos olvidar que la elaboración del registro retributivo aún puede requerir de más consideraciones, pues también debe tener en cuenta lo que contempla la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Noticias relacionadas

Herramienta para la elaboración del Registro Retributivo del Ministerio de Igualdad

Cómo utilizar la herramienta del Registro Retributivo del Ministerio de Igualdad